Cómo presentar el Formato 607 DGII: Ventas y Comprobantes
Aprende paso a paso cómo presentar el Formato 607 de ventas ante la DGII. Guía práctica para contribuyentes sobre comprobantes fiscales y plazos.
Publicado el 14 de junio de 2026 · 5 min de lectura
Introducción al Formato 607
En el ecosistema tributario de la República Dominicana, la transparencia y la correcta declaración de los ingresos son pilares fundamentales para mantener el estatus de contribuyente al día. El Formato 607 de ventas es la declaración informativa donde los contribuyentes reportan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el detalle de sus ventas de bienes y servicios, incluyendo las notas de crédito y débito emitidas durante un periodo mensual específico.
Para los dueños de MIPYMES, comprender este proceso es vital. La DGII utiliza esta información para cruzar datos con las compras de tus clientes y asegurar que el ITBIS y el Impuesto sobre la Renta sean declarados correctamente. Con la masificación de la facturación electrónica (e-CF), este proceso ha ganado agilidad, pero sigue requiriendo un control riguroso de cada comprobante emitido.
¿Quiénes están obligados a presentar el Formato 607?
De acuerdo con las normativas vigentes, toda persona física o jurídica que emita Comprobantes Fiscales (NCF) para el soporte de sus operaciones comerciales debe remitir este formato. Esto incluye:
- Empresas que emiten Facturas de Crédito Fiscal.
- Contribuyentes que emiten Facturas de Consumo.
- Emisores de Notas de Crédito y Notas de Débito.
- Contribuyentes acogidos al régimen de facturación electrónica (aunque estos tienen una dinámica distinta, el reporte de ventas sigue siendo obligatorio).
Si tu negocio realiza operaciones comerciales que requieren la emisión de un comprobante válido para fines fiscales, el envío del Formato 607 es ineludible, independientemente de si has tenido movimientos o no durante el periodo.
Plazos para la presentación
La disciplina fiscal es premiada con la tranquilidad. El incumplimiento en los plazos de envío conlleva multas y sanciones según lo estipulado en el Código Tributario (Ley 11-92).
| Periodo de Operación | Fecha Límite de Envío |
|---|---|
| Mes completo | Día 20 del mes siguiente |
Nota: Si el día 20 cae en un día no laborable o feriado, la fecha límite se traslada al siguiente día laborable.
Pasos para presentar el Formato 607 en la Oficina Virtual
Para realizar este proceso de manera exitosa, sigue estas instrucciones técnicas proporcionadas por la DGII:
1. Preparación de la información
Antes de ingresar a la Oficina Virtual, asegúrate de tener consolidada toda tu información del mes:
- Registro Nacional de Contribuyente (RNC) o Cédula del cliente.
- Tipo de NCF emitido.
- Número de comprobante.
- Monto facturado (exento, gravado, ITBIS).
- Forma de pago utilizada.
2. Acceso a la plataforma
Ingresa a dgii.gov.do y accede a la "Oficina Virtual" con tu RNC y clave de acceso.
3. Selección del módulo de envío
Ve a la sección Declaraciones Juradas y selecciona Envío de Datos. Luego, elige Formato 607. Aquí tendrás dos opciones principales:
- Envío Manual: Ideal para pequeños negocios con pocas facturas al mes. Permite digitar cada registro directamente en el portal.
- Envío por Archivo (Excel/CSV): Recomendado para empresas con un alto volumen de facturación. Debes descargar la plantilla oficial, llenarla y cargarla al sistema.
4. Validación y Envío
Una vez cargada la información, el sistema realizará una validación automática. Si existen errores en el RNC o en la secuencia de los comprobantes, la plataforma te notificará los renglones específicos que debes corregir. Al finalizar, presiona Enviar.
Consideraciones sobre la Facturación Electrónica (e-CF)
Con la implementación de la Ley 32-23, el panorama ha cambiado. Si tu negocio ya es emisor electrónico, es fundamental destacar que el reporte de tus e-CF se realiza mediante el sistema de Facturación Electrónica, el cual se sincroniza de forma más directa con la DGII. Sin embargo, para aquellos que aún mantienen operaciones mixtas o que aún no han sido integrados al sistema e-CF, el Formato 607 sigue siendo el canal oficial.
Es imperativo que toda tu facturación esté bajo la normativa de la DGII. El uso de herramientas de facturación electrónica como ContaIA te permite automatizar la generación de estos reportes, evitando errores humanos en la transcripción de números de comprobantes o montos, lo cual es la causa número uno de reparos fiscales.
¿Qué hacer ante errores en el envío?
Si después de enviar el archivo te das cuenta de que hubo una omisión o un error en las cifras, la DGII permite realizar rectificaciones:
- Ingresa nuevamente al módulo de Envío de Datos.
- Selecciona el periodo que deseas corregir.
- El sistema te permitirá realizar un "envío rectificativo".
- Ten en cuenta que el envío rectificativo reemplaza completamente la información enviada anteriormente. Es decir, no debes enviar solo la corrección, sino el archivo completo con todas las ventas del mes (las correctas y las que estaban bien).
¿Qué significa esto para tu negocio?
Para una MIPYME dominicana, el Formato 607 no es solo un requisito burocrático; es la base de tu salud financiera ante el Estado. La correcta presentación de este formato evita la retención de ITBIS por parte de terceros y asegura que tus créditos fiscales sean reconocidos sin trabas.
Como dueño de negocio, delegar esta tarea requiere confianza en tus herramientas. Utilizar un software de facturación electrónica te permite tener un control centralizado de tus ventas en tiempo real, facilitando que, al llegar el día 20, tu reporte esté listo en un par de clics, eliminando la carga operativa que supone la digitación manual.
Recuerda que la tecnología está para servirte. Al digitalizar tu proceso de ventas y emisión de comprobantes, no solo cumples con la DGII, sino que obtienes datos valiosos sobre el comportamiento de tus ventas, permitiéndote tomar decisiones informadas para el crecimiento de tu empresa. La formalidad es, a largo plazo, la mejor estrategia para asegurar la sostenibilidad y escalabilidad de cualquier emprendimiento en el país.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es la fecha límite para el 607?
- El día 20 de cada mes.
- ¿Qué pasa si no tuve ventas en el mes?
- Debes enviar el formato en cero.
- ¿Puedo rectificar el 607?
- Sí, a través de la Oficina Virtual antes de ser notificado.
Fuentes oficiales
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Aviso: este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal ni legal. Las normas y fechas pueden cambiar; verifique siempre la información oficial en dgii.gov.do.