Glosario fiscal dominicano
Los términos fiscales de RD que todo dueño de negocio escucha, explicados claro y sin jerga. ¿Te quedan dudas? Mira las preguntas frecuentes.
- NCF
- Número de Comprobante Fiscal: secuencia que la DGII autoriza para identificar de forma única cada factura o comprobante. El tradicional tiene 11 caracteres (serie B + tipo + secuencia).
- e-CF
- Comprobante Fiscal Electrónico: la versión electrónica del comprobante bajo la Ley 32-23. Es un documento XML firmado digitalmente y transmitido a la DGII; su número (e-NCF) usa la serie E y tiene 13 caracteres.
- ITBIS
- Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios: el impuesto al valor agregado de RD. Tasa general 18%, con tasa reducida de 16% para ciertos bienes.
- RNC
- Registro Nacional del Contribuyente: el número de identificación tributaria de empresas (9 dígitos) en RD. Las personas físicas usan su cédula (11 dígitos) como RNC.
- 606
- Reporte de compras de bienes y servicios que los contribuyentes envían a la DGII, detallando los comprobantes recibidos de sus proveedores en el período.
- 607
- Reporte de ventas de bienes y servicios que los contribuyentes envían a la DGII, detallando los comprobantes emitidos a sus clientes en el período.
- 608
- Reporte de comprobantes anulados que se envía a la DGII.
- IT-1
- Formulario de declaración mensual del ITBIS, donde se determina el impuesto a pagar (ITBIS cobrado en ventas menos el ITBIS pagado deducible en compras).
- DGII
- Dirección General de Impuestos Internos: la autoridad tributaria de República Dominicana.
- Ley 32-23
- Ley de Facturación Electrónica de República Dominicana, promulgada el 16 de mayo de 2023, que establece la obligatoriedad gradual del e-CF para todos los contribuyentes.
- Oficina Virtual (OFV)
- El portal en línea de la DGII donde los contribuyentes declaran impuestos, solicitan secuencias de comprobantes y realizan trámites.
- Crédito fiscal
- El ITBIS que un contribuyente pagó en sus compras y que puede descontar del ITBIS que cobró en sus ventas. Requiere un comprobante con valor fiscal (NCF/e-CF válido).
Aviso: este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal ni legal. Las normas y fechas pueden cambiar; verifique siempre la información oficial en dgii.gov.do.